Regulatory exposure map
Doce indicadores sobre su actividad real. El resultado no es una recomendación comercial: es el conjunto de marcos a los que su entidad queda sujeta, el precepto concreto que la sujeta a cada uno, el límite sancionador que la propia norma establece y el orden en que conviene abordarlos.
El cálculo se realiza íntegramente en su navegador. No se almacena ni se transmite dato alguno. Las cuantías proceden del artículo citado en cada caso; donde la norma no fija cuantía en su texto, se indica así. Este mapa orienta y no sustituye a un análisis jurídico sobre la operación concreta.
Mapa de exposición
Marque los indicadores que reconozca. El mapa se compone en el acto.
Exposición económica máxima
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es el mayor de los techos sancionadores que resultan aplicables, calculado sobre el tramo indicado y conforme a la cuantía que cada norma establece.
Marcos aplicables
Esfuerzo compartido entre marcos
Estas evidencias sirven simultáneamente a varios de los marcos que le aplican. Abordarlas una sola vez es lo que separa una adecuación ordenada de varias adecuaciones paralelas.
Orden de ejecución
- Mes 1
Determinación del encaje subjetivo
Por escrito y por precepto. Condiciona todo lo demás: adecuarse al marco equivocado no reduce exposición.
- Meses 1–2
Inventario y análisis de riesgos
Sirve simultáneamente a ENS, NIS2, DORA y al análisis del RGPD. Es el trabajo de mayor rendimiento por marco atendido.
- Meses 2–4
Medidas y evidencia de operación
Implantación con evidencia documental desde el primer día: una medida sin evidencia se considera no implantada en auditoría.
- Meses 3–5
Procedimientos de notificación y crisis
Ensayados, no redactados. Los plazos de 24 y 72 horas no admiten improvisación.
- Meses 5–8
Cadena de suministro y contratos
Traslado contractual de obligaciones y verificación posterior del proveedor.
- Meses 8–12
Auditoría previa y certificación
Verificación interna de eficacia antes de acudir a la entidad certificadora acreditada.