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E&D
Diagnóstico

Servicio 01.3

Proyectos jurídicos

Una operación societaria mal estructurada no falla el día que se firma: falla tres ejercicios después, cuando la Administración la recalifica.

Familia
I · Defender
Área
01 · Protección jurídica
Recibe
Estructura documentada y expediente de la operación

Qué es

Los proyectos jurídicos comprenden el diseño y la ejecución de operaciones societarias, reestructuraciones y estructuras de fiscalidad internacional: fusiones, escisiones, aportaciones, reorganización de grupo y establecimiento en el exterior. Economía y Diplomacia los documenta de forma que la estructura resista una revisión posterior.

¿Le aplica?

Marque los supuestos que reconozca en su organización.

Marque los supuestos que reconozca en su organización.Plantear el caso con estos indicadores

Qué ocurre si no se actúa

Una operación sin motivo económico válido documentado puede perder el régimen de neutralidad fiscal. La consecuencia no es un matiz: es la tributación de la operación completa, con intereses, y en un momento en que la estructura ya está ejecutada y es cara de deshacer.

Qué recibe

Estructura documentada y expediente de la operación: el diseño, el motivo económico, los acuerdos societarios, las inscripciones y el soporte que justifica cada paso ante una revisión posterior.

Fases del encargo

  1. 01

    Objetivo

    Se fija qué se persigue en términos de negocio. La estructura es un medio; si el objetivo no está claro, no hay diseño posible.

  2. 02

    Diseño

    Se plantean las vías alternativas con su tratamiento mercantil, fiscal y contable.

  3. 03

    Motivo económico

    Se documenta la razón de negocio de la operación, que es el elemento que sostiene el régimen aplicable.

  4. 04

    Ejecución

    Acuerdos, escrituras, inscripciones y comunicaciones, en el orden que corresponde.

  5. 05

    Expediente

    Se cierra el soporte documental completo, pensado para ser leído años después por quien no participó.

El motivo económico válido

El régimen especial de reestructuraciones del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades exige que la operación se realice por motivos económicos válidos y no con la finalidad principal de fraude o evasión. Ese motivo hay que documentarlo cuando existe, no reconstruirlo cuando se pregunta.

Errores frecuentes

Ejecutar primero y documentar después; describir el motivo económico con fórmulas genéricas que valdrían para cualquier operación; y diseñar la estructura mirando solo la fiscalidad, sin comprobar qué efectos tiene en contratos, licencias y autorizaciones existentes.

Operaciones vinculadas

Las operaciones entre entidades del mismo grupo deben valorarse a precio de mercado y documentarse conforme al artículo 18 de la Ley 27/2014. La documentación no es una formalidad posterior: es lo que determina si la valoración se sostiene.

Lo que preguntan antes de contratar

¿Cuánto cuesta un proyecto jurídico de este tipo?

Depende del número de sociedades y jurisdicciones, del tipo de operación y de si hay terceros cuyo consentimiento sea necesario. Economía y Diplomacia presupuesta sobre el diseño acordado: presupuestar antes de conocer la estructura sería presupuestar otra cosa.

¿Cuánto tarda?

El calendario lo marcan los plazos societarios y registrales, que son legales y no se comprimen: convocatorias, publicaciones, plazos de oposición de acreedores e inscripción. El diseño previo es la parte que sí admite planificación.

¿Quién puede realizarlo?

El diseño y la ejecución requieren intervención de abogado y, según la operación, de notario y de registrador. Determinadas operaciones exigen además informe de experto independiente designado por el Registro Mercantil.

¿Qué errores salen más caros?

No documentar el motivo económico, alterar el orden de ejecución de los pasos y no comprobar las cláusulas de cambio de control de los contratos vigentes, que pueden activar vencimientos anticipados justo cuando la operación se cierra.